lunes, 21 de febrero de 2011

LAS LETRAS DEL TESORO




Para hablar de las Letras del Tesoro, en primer lugar, hay que hacer una pequeña introducción y explicar qué es la Deuda Pública.
Podemos definir la Deuda Pública como conjunto de título de renta fija emitidos por el Estado y que se corresponden con la deuda que obtiene contraída con los inversores que han suscrito en dichos valores, que cuenta con la garantía del Estado. Esto es una definición en sentido estricto. Por lo tanto, para simplificar un poco decimos que la Deuda Pública es el dinero que un deudor, en este caso el Estado, pide prestado al acreedor, que podría ser otro país, para financiar su inversión y gasto. El deudor se compromete a devolver el dinero en un período y unas condiciones determinadas. Esta financiación se materializa mediante la emisión de títulos de valores. Además, se trata de un buen medio para resolver problemas relacionados con la falta de dinero cuando, por ejemplo, se necesita dinero en caja (tesorería) para ocuparse se los pagos más inmediatos, o cuando es necesario financiar inversiones a medio/largo plazo.
Cabe destacar que las organizaciones públicas que pueden contraer la Deuda Pública son las administraciones públicas de la Contabilidad Nacional, es decir:
·         El Estado
·         Seguridad Social
·         Comunidades Autónomas
Por lo tanto, se puede hablar de Deuda estatal, autonómica y local.
El Estado utiliza la Deuda Pública como mecanismo de política monetaria. Gracias a la compraventa de los títulos el Estado puede aumentar o reducir el dinero que hay en el mercado. Cuando hay inflación, sobra dinero en el mercado, por lo que el Estado vende la deuda para reducir la cantidad de dinero. Y cuando hay deflación, el Estado compra deuda para aumentar la cantidad de dinero en circulación.

CLASES DE LA DEUDA PÚBLICA

1.      DEUDA REAL – se da cuando los títulos emitidos por la Deuda Pública son adquiridos por bancos privados, particulares y el sector exterior.
2.      DEUDA FICTICIA – se da cuando los títulos emitidos por la Deuda son adquiridos por el Banco Central del país. Se considera ficticia porque es una administración pública, y, en realidad la operación de la deuda equivale a una creación solapada de dinero.
3.      DEUDA A CORTO PLAZO – se trata de una deuda con vencimiento inferior a un año y que funciona con letra de cambio  del Estado. Esta tipo de deuda está representada por las Letras del Tesoro y se utiliza en España cuando se necesita dinero en caja para los gastos más inmediatos.
4.      DEUDA A MEDIO PLAZO – se trata de una deuda cuyo vencimiento es superior a un año y que sirve principalmente para financiar los gastos ordinarios del Estado. Aquí, en España, esta función es cumplida por los Bonos del Estado.
5.      DEUDA A LARGO PLAZO – se trata de una deuda cuyo periodo de vencimiento puede variar o incluso puede ser ilimitado. Y se utiliza para financiar los gastos extraordinarios del Estado. En este caso, cumplen esta función las Obligaciones del Estado.
6.      DEUDA AMORTIZABLE – se da cuando llegado el tiempo del vencimiento el principal de la deuda es reembolsada a su titular. Dentro de este tipo de deuda nos encontramos: deuda amortizable fija y deuda amortizable por anualidades temporales. La primera se da cuando la amortización se realiza a fecha fija, es decir, la restitución del capital al vencimiento. Ante la imposibilidad del emisor de reembolsar la totalidad del empréstito es muy frecuente que se aplace el vencimiento o que se sustituya por otra emisión de deuda. Y en el caso de la amortización por anualidades temporales el reembolso se realiza con arreglo a sorteos periódicos.
7.      DEUDA PERPETUA – se trata de un tipo de deuda que no tiene vencimiento lo que supone que el principal nunca es reembolsado por el Estado, pero el titular cobrará de forma perpetua los intereses pactados.
8.      DEUDA INTERNA – es la parte de la Deuda Pública cuyos acreedores son los ciudadanos de un país.
9.      DEUDA EXTERNA – es la suma de todas las deudas que un país tiene hacia entidades extranjeras, es decir, otros países.


TÍTULOS DE LA DEUDA PÚBLICA

1.      LETRAS DEL TESORO – son valores de renta fija que se representan mediante las anotaciones en cuenta. Fueron creadas en junio de 1987.
2.      BONOS DEL ESTADO – se emiten mediante la subasta competitiva. Y su plazo oscila entre 2 y 5 años.
3.      OBLIGACIONES DEL ESTADO – al igual que los Bonos del Estado se emiten en subastas competitivas, pero su plazo es superior a 5 años.

Tras esta pequeña introducción nos centraremos en explicar las Letras del Tesoro.
Como ya se ha dicho anteriormente, las Letras del Tesoro son valores de renta fija que fueron creados en 1987.
Se emiten mediante subastas y el importe mínimo de cada petición es de 1000 euros y las peticiones por un importe superior tienen que ser múltiplos de 1000 euros. Las Letras del Tesoro son emitidas al descuento, es decir, el precio de adquisición es inferior a lo que va a recibir el inversor en el momento de reembolso. La diferencia entre el valor de reembolso y el precio de adquisición será el interés generado por la Letra del Tesoro. Ya que, se trata de valores a corto plazo su precio en el mercado secundario será bastante reducido. Existen Letras del Tesoro a:
·         3 meses
·         6 meses
·         12 meses
·         18 meses



¿CÓMO COMPRAR?

Las Letras del Tesoro pueden ser adquiridas en el mercado primario o en el mercado secundario. Como ya se ha dicho anteriormente los valores se adquieren mediante subastas competitivas.
Adquisición en el mercado primario es aquella que se realiza en el momento de la emisión de los valores. Esta forma de adquisición se denomina “suscripción”. Tanto personas físicas como jurídicas pueden pedir suscripciones del os Valores del Tesoro a través de la Entidad Gestora en la que se quedan registrados los valores.
En el mercado secundario se intercambian Valores del Tesoro ya emitidos. El inversor tiene una ventaja muy importante y es que puede invertir a plazos distintos de 6, 12 o 18 meses en el caso de las Letras. La compra de los valores en el mercado secundario puede realizarse a través de un intermediario financiero o  través de la Bolsa. En el primer caso todas las condiciones se pactan directamente entre el inversor y la entidad financiera. Y en el caso de la Bolsa el orden de compra tiene que ser presentado por un miembro de la misma.

¿CÓMO VENDER?

Todos los Valores del Tesoro pueden venderse en el mercado secundario, incluso antes de su vencimiento. Para ello es necesario dar la orden de venta a la entidad financiera en la que fueron adquiridas. Estas entidades financieras tienen establecidas algunas comisiones por venta de valor que oscilan entre 0,1 y un 1 por 100 del importe nominal de la operación.
Es muy importante destacar que el inversor que vende sus valores antes del vencimiento de los mismos puede sufrir pérdidas debidas al aumento de los tipos de interés desde que se realizo la inversión. Por lo tanto, es mejor mantener los valores hasta su vencimiento para no entrar en pérdidas.







Aquí os dejo la Deuda en circulación de las Letras del Tesoro


Y esto es la Deuda del Estado: Nominal en circulación